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Sábado 3 de octubre de 2026 · Bogotá, Colombia juanmanuelcharry.netlify.app
Boletín Constitucional
Semana 36 · 28 sep – 2 oct 2026 Boletín No. 36 / 2026 Juan Manuel Charry Urueña · Abogado constitucionalista
Corte Constitucional

Actividad de la Corte Constitucional · Semana 36

3 sentencias publicadas en Relatoría el 29 de septiembre de 2026: una exequibilidad con inhibición parcial sobre el Plan Nacional de Desarrollo, una exequibilidad condicionada de un decreto legislativo de emergencia (Programa de Alimentación Escolar) y una cosa juzgada sobre la defensa técnica en procesos contra organizaciones criminales.

#SentenciaM. PonenteFecha decisiónTemaDecisiónSolidez
1 C-194/26 Escobar Martínez 24 jun 2026 D-16.992 / Ley 2294 de 2023 (PND 2022-2026) arts. 73, 279, 307 y 329 (parciales) — expresiones «de carácter público», «pública» y «Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A.», que reservan la administración de ciertos patrimonios autónomos a fiduciarias públicas. Inhibición frente al art. 307 (FONTUR puede ser administrado por Fiducoldex o por la fiduciaria que defina MinComercio) y frente a los cargos por función administrativa (art. 209), igualdad y bloque de constitucionalidad. Estudio de fondo solo por libertad de empresa y libre competencia (art. 333) y libre concurrencia en la contratación estatal. Demandante: Omar Eduardo Suárez Gómez. Pub.: 29 sep 2026. Exequible (arts. 73, 279 y 329) + inhibición parcial 67 % (6-1) ▼
2 C-209/26 Carvajal Londoño 15 jul 2026 RE-394 / Decreto Legislativo 176 de 2026 — calendario académico y suministro del Programa de Alimentación Escolar (PAE), en desarrollo de la emergencia económica, social y ecológica del Decreto 150 de 2026 (fenómeno meteorológico atípico de enero y febrero). Se examina a partir de los condicionamientos de la C-191/26 sobre el decreto declaratorio; supera los juicios de finalidad, conexidad, motivación, no arbitrariedad, intangibilidad, necesidad y proporcionalidad. Levanta la suspensión de términos del 20 de mayo. Pub.: 29 sep 2026. Exequible condicionado — solo para NNA beneficiarios del PAE en los 181 municipios afectados según la UNGRD (o con afectación probada), y hasta que se reanude la prestación presencial del servicio 100 % (9-0)
3 C-251/26 Ángel Cabo 12 ago 2026 D-17.104 / Ley 1908 de 2018 art. 6 (parcial), que adicionó el art. 340A del Código Penal — expresión «sin perjuicio del deber de acreditar sumariamente el origen lícito de los honorarios», exigida a los abogados que asumen la defensa técnica de personas presuntamente vinculadas a grupos delictivos organizados. Cargos por debido proceso y presunción de inocencia (art. 29). Cosa juzgada formal y absoluta: la C-035/26 ya había retirado del ordenamiento la expresión «deber de acreditar sumariamente el». Actores: Daniel Suárez Madera y Juan Luis Jaramillo Arias. Pub.: 29 sep 2026. Estarse a lo resuelto en la C-035/26 100 % (9-0)

Votos. C-194/26: salvamento de Ibáñez Najar; aclaración de Polo Rosero; Carvajal Londoño ausente con permiso; impedimento aceptado de Fernández Andrade (por su paso como secretario jurídico de la Presidencia). C-209/26: aclaración de Ibáñez Najar. C-251/26: sin salvamentos ni aclaraciones.

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1 sentencia de unificación y 1 de tutela publicadas en Relatoría el 30 de septiembre y el 1 de octubre de 2026. Ambas conceden el amparo frente a decisiones judiciales: una de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema (pensión de invalidez) y otra de jueces penales de Yopal (restablecimiento del derecho de la víctima).

#SentenciaM. PonenteSalaPub.TemaDecisión
1 SU-254/26 Polo Rosero (sustanciador)Plena30 sep 2026 Ramón vs. Sala de Descongestión No. 1 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Negativa de pensión de invalidez. No hubo defecto fáctico (el origen común de la invalidez se valoró razonablemente), pero sí desconocimiento del precedente sobre la condición más beneficiosa: con invalidez estructurada bajo la Ley 860 de 2003, quien está en acentuada vulnerabilidad puede acreditar las semanas del Acuerdo 049 de 1990. Reitera el deber del juez laboral de fijar el marco jurídico aplicable (iura novit curia). Expediente T-11.680.850. Decisión: 12 ago 2026. Revoca y ampara — deja parcialmente sin efectos la sentencia de casación; ordena a Colpensiones reconocer la pensión desde el 24 oct 2018, con retroactivo, en 10 días hábiles. Votos: 8-1 (salvamento de Ibáñez Najar; aclaraciones de Fernández Andrade y Polo Rosero)
2 T-302/26 Camargo Assis2.ª1 oct 2026 Samos de Colombia Ltda. vs. Juzgado 001 Penal del Circuito de Yopal y Sala Única del Tribunal Superior de Yopal. Negativa a ordenar, como restablecimiento del derecho, la entrega material del inmueble «El Colegial», objeto de un delito y en poder de un tercero, hasta la ejecutoria de la condena y el incidente de reparación. La víctima tiene derecho a un restablecimiento oportuno con independencia del incidente de reparación integral. Expediente T-11.762.010. Decisión: 17 sep 2026. Revoca y ampara debido proceso y acceso a la justicia — carencia actual de objeto parcial (documentos espurios ya cancelados); deja sin efectos parciales las decisiones y ordena al Juzgado de Yopal resolver la entrega material en 10 días

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Comunicado 31 del 30 de septiembre de 2026: seis decisiones de Sala Plena —cinco de constitucionalidad y una de unificación— anunciadas por la Corte y aún sin texto publicado en la Relatoría. Cuatro de ellas corresponden a expedientes del orden del día del 1 de octubre. Una sola inexequibilidad: la «conducta obscena» como falta grave en el régimen carcelario.

#SentenciaM. PonenteExpedienteNorma y temaDecisión
1C-316/26Camargo AssisD-17.395 Estatuto Tributario, art. 147 inc. 6 (modificado por el art. 5 de la Ley 1111 de 2006) — exclusión de la compensación de pérdidas fiscales originadas en ingresos no constitutivos de renta y en costos o deducciones sin relación de causalidad. Los demandantes leían en la norma una restricción por cambio de actividad económica que el texto no contiene: falta de certeza que arrastra la pertinencia y la especificidad de los tres cargos (arts. 13, 95.9, 333, 338 y 363 C.P.). Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
2C-317/26Carvajal LondoñoD-16.919 Ley 2213 de 2022, art. 10 — expresiones «únicamente» y «sin necesidad de publicación en un medio escrito»: emplazamiento solo en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (RNPE). No hay cosa juzgada frente a la C-420/2020 (norma transitoria de la pandemia). La exclusividad del medio digital puede afectar de forma desproporcionada a quienes enfrentan barreras de acceso a internet (igualdad material, debido proceso y acceso a la justicia). Exequible condicionado — el RNPE es el mecanismo general y obligatorio, pero el juez debe ordenar un medio complementario cuando haya indicios serios de barreras digitales; exhortos a MinTIC, MinJusticia y Consejo Superior de la Judicatura; seguimiento de la Defensoría por 3 años
3C-318/26Carvajal LondoñoD-17.349 Ley 65 de 1993 (Código Penitenciario y Carcelario), art. 121 inc. 2 num. 6 — «conducta obscena» como falta disciplinaria grave de las personas privadas de la libertad. Concepto indeterminado e insuperable: ni la ley, ni su historia, ni la jurisprudencia, ni los reglamentos ofrecen un núcleo objetivo. Viola la legalidad (tipicidad y taxatividad) y compromete la culpabilidad (art. 29). Precedente próximo: C-350/2009 («la moral o las buenas costumbres»). Se descartó la exequibilidad condicionada porque equivaldría a crear judicialmente una nueva falta. Inexequible
4SU-319/26Camargo AssisT-11.862.653 Periodista, víctima de tortura agravada por su investigación del homicidio de Jaime Garzón, vs. Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, que no tramitó la casación de la parte civil contra la sentencia que, al resolver la impugnación especial, absolvió a un agente del DAS (regla AP1263-2019). No hay derecho fundamental a la casación (SU-317/2023); la decisión fue motivada y previsible; el enfoque de género es transversal pero no crea competencias; la parte civil no está en la posición del condenado por primera vez. Confirma la negativa del amparo y reitera el exhorto al Congreso para regular la impugnación especial (arts. 29 y 235 C.P.)
5C-320/26Cortés GonzálezD-16.883 Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), art. 19 (parcial) — redención de pena de dos días de reclusión por tres de trabajo. Unidad de materia: cosa juzgada frente a la C-030/26. Consecutividad e identidad flexible: la medida no fue una materia nueva introducida tarde en el Senado, sino desarrollo del trabajo penitenciario ya aprobado en segundo debate en la Cámara. Estarse a lo resuelto (C-030/26) y exequible por consecutividad
6C-321/26Camargo AssisD-17.233 Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), art. 79 — expresión «se presume que» (temeridad o mala fe). El art. 83 C.P. admite excepciones legales fundadas; es una presunción iuris tantum que exige probar el hecho base, admite prueba en contrario y no recae sobre la sanción. Supera un juicio de proporcionalidad intermedio. Exequible por el cargo analizado

Nota. El comunicado no informa votaciones ni salvamentos; se incorporarán cuando el texto completo aparezca en la Relatoría.

→ Comunicado 31 · 30 sep 2026 — Corte Constitucional

Durante la semana del 28 de septiembre al 2 de octubre de 2026 no se registraron nuevas demandas de inconstitucionalidad radicadas ante la Corte Constitucional.

→ Buscador de procesos de constitucionalidad — Corte Constitucional

Durante la semana del 28 de septiembre al 2 de octubre de 2026 no ingresaron nuevos decretos a control automático (art. 241 num. 7 C.P.). La Corte publicó, en cambio, la C-209/26 sobre el Decreto Legislativo 176 de 2026, de la emergencia de comienzos de año (ver pestaña de constitucionalidad).

→ Buscador de procesos de constitucionalidad — Corte Constitucional

El 2 de octubre de 2026 la Sala de Selección de Tutelas Número Diez, integrada por los magistrados Paola Andrea Meneses Mosquera y Miguel Polo Rosero, expidió el auto de apertura del periodo de selección.

ExpedientesT-12.527.343 a T-12.665.942 (radicados entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026)
Solicitudes ciudadanas de revisiónHasta las 5:00 p.m. del viernes 9 de octubre de 2026, por corteconstitucional.gov.co/solicitudes.php o en físico en la Secretaría General
Audiencia de selecciónViernes 30 de octubre de 2026, 11:00 a.m., virtual y transmitida en vivo; se invita a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría
FundamentoArts. 86 y 241.9 C.P., art. 33 del Decreto 2591 de 1991 y art. 56 del Reglamento de la Corte (Acuerdo 01 de 2025)

Es la ventana para pedir la selección de las tutelas de septiembre, entre ellas las promovidas contra el presidente por los actos religiosos y la exhibición de cuerpos en bolsas (Boletín No. 35), si llegaron a la Corte en ese periodo.

→ Secretaría General — Corte Constitucional

Sala Plena · Jueves 1 de octubre de 2026 · 9:00 a.m. · 9 puntos. Cuatro de los cinco asuntos con vencimiento corriente ya aparecen decididos en el Comunicado 31; los otros cuatro siguen con términos suspendidos, tres de ellos por impedimentos.

#ExpedienteMagistrado ponenteNormaAsuntoVenceResultado
1D-17.233Camargo AssisLey 1564/2012 art. 79 (parcial)Código General del Proceso — temeridad o mala fe19 oct 2026C-321/26 · exequible
2D-16.883Cortés GonzálezLey 2466/2025 art. 19 (parcial)Reforma Laboral — redención de pena por trabajo de personas privadas de la libertad19 oct 2026C-320/26 · estarse a lo resuelto y exequible
3Nulidad T-202/25Cortés González—Incidente de nulidad (T-10.456.090) — Alicia y Juan vs. Tribunal Administrativo de Casanare y otro19 oct 2026Sin información
4D-17.395Camargo AssisD.L. 624/1989 art. 147 inc. 6Estatuto Tributario — compensación de pérdidas fiscales de sociedades27 oct 2026C-316/26 · inhibición
5D-17.349Carvajal LondoñoLey 65/1993 art. 121 inc. 2 num. 6Código Penitenciario y Carcelario — faltas graves («conducta obscena»)4 nov 2026C-318/26 · inexequible
6RE-408Carvajal LondoñoD. 0245 del 12 mar 2026Emergencia (D. 0150/2026) — medidas presupuestales y de ejecución a cargo de Prosperidad Social por el frente fríoSuspendido1Pendiente
7T-9.750.422Ángel Cabo—Tutela de Aura vs. Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de JusticiaSuspendido2Pendiente
8D-16.242Ibáñez NajarLey 14/1983 art. 39 num. 2 lit. cEntidades territoriales — impuesto de industria y comercioSuspendido3Pendiente
9RE-402Fernández AndradeD. 0228 del 5 mar 2026Emergencia — agua y saneamiento básico en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y ChocóSuspendido4Pendiente

1 Suspensión 1 sep 2026 — impedimento de Camargo Assis; vencimiento inicial 17 sep 2026.  2 Suspensión 13 mar 2024; vencimiento inicial 8 may 2024.  3 Suspensión 21 oct 2025 — impedimento de Meneses Mosquera; vencimiento inicial 11 nov 2025.  4 Suspensión 1 sep 2026 — impedimento de Camargo Assis; vencimiento inicial 21 sep 2026.

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Hecho político de la semana

El Gobierno propone nuevas reglas para intervenir en las protestas

El miércoles 30 de septiembre de 2026, el Ministerio del Interior publicó el borrador de un decreto que modifica el Decreto 003 de 2021, el protocolo vigente sobre el uso de la fuerza frente a la protesta. La novedad central: la Policía podría actuar contra quienes cometan actos violentos sin agotar antes las etapas de diálogo y mediación. El texto, de 24 artículos, está abierto a comentarios ciudadanos hasta el 4 de octubre.

Qué propone. El diálogo y la mediación siguen siendo los mecanismos prioritarios, pero no impedirían actuaciones individuales frente al porte o uso de armas de fuego, armas blancas, explosivos o elementos incendiarios, la retención de personas, las agresiones contra terceros, servidores públicos, misiones médicas o periodistas, y la destrucción de infraestructura. Sobre los bloqueos, el borrador precisa que la sola obstrucción de una vía no le quita a la manifestación su carácter pacífico; su disolución exigiría una perturbación grave e inminente, valorada según duración, rutas alternas e impacto en abastecimiento, salud y servicios esenciales. El Puesto de Mando Unificado actuaría antes, durante y después de la protesta, y sus órdenes deberían constar por escrito, con hora y autoridad.

Críticas. Se advierte que la definición de «acto violento» es imprecisa y podría debilitar el principio de gradualidad en el uso de la fuerza.

Lectura constitucional. El art. 37 C.P. protege la reunión y la manifestación pacíficas, y solo la ley puede establecer los casos en que se limita su ejercicio. La Corte ha exigido ley estatutaria para regular su núcleo (C-223 de 2017, que retiró del Código de Policía el régimen de la protesta). El Decreto 003 de 2021 nació como protocolo de actuación de la Fuerza Pública, en cumplimiento de la sentencia STC7641-2020 de la Corte Suprema; un decreto reglamentario puede ajustar ese protocolo, pero no crear restricciones nuevas al derecho. La distinción que propone el borrador —protesta pacífica protegida, actos violentos individualizados sin protección— es la que ha sostenido la jurisprudencia; su validez dependerá de que la definición de violencia sea estricta y de que la intervención se dirija contra los responsables, no contra la manifestación en su conjunto.

Otros hechos de la semana. La Junta del Banco de la República subió 25 puntos básicos la tasa de interés, hasta 12,25 %, con el voto favorable del nuevo ministro de Hacienda, Miguel Gómez. El DANE reportó un desempleo de 9,4 % en agosto. El Gobierno ordenó trasladar a Juan Guillermo Monsalve, testigo en el proceso contra Álvaro Uribe, de La Picota a Cómbita.

→ Infobae · 30 sep 2026  |  → Cambio  |  → Semana  |  → La Silla Vacía · claves del 30 sep

Hecho constitucional de la semana

La Corte responde por el magistrado Vladimir Fernández: «las decisiones son colegiadas»

El 30 de septiembre de 2026, la Sala Plena emitió un comunicado, sin nombrarlo, sobre las publicaciones que vinculan al magistrado Vladimir Fernández Andrade con el escándalo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Afirmó tres cosas: que los magistrados están amparados por la presunción de inocencia y deben dar explicaciones ante las autoridades competentes; que respetará lo que estas decidan; y que la validez de sus decisiones, por ser colegiadas, no se compromete por situaciones personales de sus integrantes.

Los hechos. La revista Cambio publicó desde el 13 de septiembre chats de 2023 y 2024 entre Fernández, entonces secretario jurídico de la Presidencia, y Olmedo López, exdirector de la UNGRD. En uno de ellos, del 9 de enero de 2024, Fernández habría enviado la ubicación del apartamento al que López dirigió a Sneyder Pinilla, quien escribió que iba «a entregar $». El magistrado explicó que se trató de una remisión profesional para una asesoría legal. El 14 de septiembre, la Red de Veedurías Ciudadanas lo denunció ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara por posibles prevaricato y tráfico de influencias, entre otros delitos. El 27 de septiembre, un especial de Cambio reveló referencias frecuentes a «el jefe» —el entonces presidente Gustavo Petro— en conversaciones sobre cargos y recursos de la UNGRD. En abril de 2025 la exconsejera Sandra Ortiz había entregado a la Fiscalía chats según los cuales recursos de la entidad se usaron para asegurar en el Senado la elección de Fernández.

Lectura constitucional. Los magistrados de la Corte Constitucional tienen fuero: solo la Cámara, a través de la Comisión de Investigación y Acusación, puede investigarlos, y el Senado juzgarlos (arts. 174, 175 y 178.3 C.P.); la Corte misma, como dijo, no investiga. La validez de las sentencias tampoco depende de la conducta individual de un magistrado, sino de las reglas de impedimentos y recusaciones del Decreto 2067 de 1991: cuando concurre una causal, el magistrado se aparta del caso. Esta misma semana, la C-194/26 sobre el Plan Nacional de Desarrollo se adoptó con un impedimento aceptado de Fernández por su paso por la Presidencia.

Comentario. La respuesta institucional es correcta en lo formal, pero deja abiertas dos preguntas. La primera es de eficacia: la Comisión de Acusación ha mostrado escasa capacidad para investigar a los aforados, de modo que la presunción de inocencia puede convertirse en indefinición. La segunda es de legitimidad: si se probara que la elección de un magistrado fue influida con recursos públicos, el vicio ya no sería personal sino del origen de su investidura. Es la misma pregunta que plantea la pérdida de investidura de Iván Name frente a la reforma pensional: ¿puede el delito más que la Constitución?

→ Comunicado oficial · Corte Constitucional · 30 sep 2026  |  → Cambio · comunicado  |  → Cambio · chats, 13 sep  |  → Cambio · denuncia  |  → Infobae · 1 oct 2026  |  → Semana  |  → Columna: Pérdida de investidura y reforma pensional

Indicadores constitucionales · 2026

Sentencias de inexequibilidad e inexequibilidad parcial · enero – septiembre 2026

12 sentencias de inexequibilidad de 2026 con texto publicado en la Relatoría: 11 de inexequibilidad total de la norma o expresión acusada y 1 parcial. Tres recaen sobre el Plan Nacional de Desarrollo, tres sobre la emergencia económica de diciembre de 2025 (declaratoria y dos decretos legislativos por consecuencia) y dos sobre el Código Penal. Fuente: Relatoría de la Corte Constitucional y Jurisprudencia Constitucional 2025-2026.

#SentenciaExpedienteM. PonenteFechaNorma, artículos y temaTipoVotosSolidez
1C-007/26D-16.620Escobar Martínez29/01Ley 1922 de 2018 (procedimiento de la JEP), art. 64 — expresión «la personalidad del agente»Inex. total6-2 (+1)67 % ▼
2C-028/26PE-058Fernández Andrade19/02Proyecto de Ley Estatutaria 157/2023 Cámara – 273/2024 Senado (transparencia del Congreso): art. 4 par. 4, art. 8 (expresión) y art. 9 (expresión) inconstitucionales; resto constitucionalInex. parcial8-0 (+1)89 % ▼
3C-033/26D-15.486Correa Palacio (conjuez)25/02Ley 2294 de 2023 (PND), arts. 100 y 101 — Asociaciones Público PopularesInex. total7-278 %
4C-034/26D-16.693Fernández Andrade25/02Ley 599 de 2000 (Código Penal), art. 68 — expresión sobre otra pena suspendida (reclusión domiciliaria por enfermedad)Inex. total9-0100 %
5C-035/26D-16.487Camargo Assis25/02Ley 1908 de 2018, art. 6 (art. 340A C.P.) — expresión «deber de acreditar sumariamente el» (honorarios de la defensa)Inex. total9-0100 %
6C-049/26D-15.499Cortés González11/03Ley 2294 de 2023 (PND), art. 372 — expresiones derogatorias de las Leyes 142 y 143 de 1994Inex. total8-0 (+1)89 % ▼
7C-075/26RE-387Camargo Assis09/04Decreto 1390 de 2025 — declaratoria de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorioInex. total6-2 (+1)67 % ▼
8C-079/26RE-388Cortés González15/04Decreto Legislativo 1474 de 2025 — medidas tributarias de la emergencia (por consecuencia)Inex. total8-0 (+1)89 % ▼
9C-080/26D-16.795Polo Rosero15/04Ley 5 de 1992, art. 280 num. 8, y Ley 136 de 1994, art. 44 inc. 2 — expresiones sobre renuncia previa de concejales que aspiran al CongresoInex. total8-189 %
10C-081/26D-16.820Ibáñez Najar15/04Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), art. 17 num. 10 — expresiones «que no esté relacionado o influya en su ejercicio laboral»Inex. total9-0100 %
11C-115/26RE-389Fernández Andrade06/05Decreto Legislativo 44 de 2026 (por consecuencia)Inex. total8-0 (+1)89 % ▼
12C-116/26D-15.963Cortés González06/05Ley 2294 de 2023 (PND), arts. 336 y 337 — Ley Orgánica del Presupuesto y Consejo Nacional ElectoralInex. total8-0 (+1)89 % ▼

Índice de solidez promedio (inexequibilidad 2026, n=12): 87,0 %, frente a 85,9 % en 2025 (Boletín No. 35) · Fórmula: votos a favor / 9 × 100; los salvamentos parciales se cuentan como votos en contra. ▼ indica sentencia donde la ausencia o el impedimento redujo la solidez. No se incluyen las decisiones de «estarse a lo resuelto» (C-114/26 y C-251/26), ni cuatro sentencias anunciadas que aún no tienen texto en la Relatoría: C-168/26 (encuestas electorales), C-219/26 y C-220/26 (decretos legislativos de la emergencia climática) y C-318/26 (Comunicado 31: «conducta obscena» como falta grave en el Código Penitenciario).

Dato de la semana

El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 ante la Corte: 14 sentencias en 2025 y 2026, 7 con inexequibilidad

Con la C-194/26 de esta semana, la Corte suma 14 sentencias de constitucionalidad sobre la Ley 2294 de 2023, «Colombia Potencia Mundial de la Vida», en 2025 y 2026. En 7 declaró inexequible total o parcialmente lo demandado; en 4 declaró exequible (una de forma condicionada), en 2 se inhibió y en 1 se estuvo a lo resuelto. En 5 de las 7 inexequibilidades la causa fue la unidad de materia: normas sin conexidad directa con los objetivos del plan.

#SentenciaExpedienteM. PonenteFechaArtículos de la Ley 2294 de 2023 y temaDecisiónVotos
1C-038/25D-15.937Pardo Schlesinger05/02/25Art. 261 — autorización a las SAS para negociar sus valores en el mercado de valoresInexequible (unidad de materia)7-1 (+1)
2C-051/25D-15.922Pardo Schlesinger12/02/25Art. 274 num. 1 (parcial) — entidades no contribuyentes del impuesto sobre la rentaInhibición (caducidad de la acción)8-0 (+1)
3C-119/25D-15.512Pardo Schlesinger02/04/25Art. 372 (parcial) — derogatoria del art. 52 de la Ley 2136 de 2021Inexequible (unidad de materia)7-0 (+2)
4C-142/25D-15.345Ibáñez Najar24/04/25Arts. 5 par. 3 (parcial), 61 (varios apartes), 289 (expresiones) y 297 pars. 1 y 2 — vicios de trámite (publicidad)Inexequible parcial + estarse a lo resuelto (C-294/24)7-1 (+1)
5C-143/25D-15.380Cortés González24/04/25Ley 2294 en su conjunto — art. 233 y 117 artículos por elusión del debate (art. 157 C.P.)Exequible + estarse a lo resuelto (C-448/24, C-294/24, C-370/24 y C-142/25)8-0 (+1)
6C-244/25D-16.178Polo Rosero11/06/25Art. 280 — temporalidad de la contribución nacional de valorizaciónInexequible (unidad de materia) y reviviscencia del art. 249 inc. 2 de la Ley 1819 de 20167-0 (+2)
7C-323/25D-15.525Ibáñez Najar30/07/25Art. 233Estarse a lo resuelto (C-143/25) y exequible por los demás cargos8-0 (+1)
8C-385/25D-15.932Cortés González17/09/25Art. 368 y, por consecuencia, Decreto 1961 de 2023 — Instituto Nacional de Vías RegionalesInhibición8-0 (+1)
9C-479/25D-15.465Carvajal Londoño26/11/25Ley 2294 en su conjunto — publicidad en la conciliación del SenadoEstarse a lo resuelto (C-448/24)6-0 (+3)
10C-033/26D-15.486Correa Palacio (conjuez)25/02/26Arts. 100 y 101 — Asociaciones Público PopularesInexequible (reserva de ley de contratación)7-2
11C-039/26D-16.488Carvajal Londoño26/02/26Art. 34 — Consejos Territoriales del AguaExequible condicionado7-1 (+1)
12C-049/26D-15.499Cortés González11/03/26Art. 372 (parcial) — derogatoria del par. 3 del art. 167 de la Ley 142 de 1994 y del par. 3 del art. 32 de la Ley 143 de 1994Inexequible (unidad de materia)8-0 (+1)
13C-116/26D-15.963Cortés González06/05/26Arts. 336 y 337 — modificación de la Ley Orgánica del Presupuesto respecto del Consejo Nacional ElectoralInexequible (unidad de materia)8-0 (+1)
14C-194/26D-16.992Escobar Martínez24/06/26Arts. 73, 279, 307 y 329 (parciales) — administración de patrimonios autónomos por fiduciarias públicasExequible (arts. 73, 279 y 329) + inhibición6-1 (+2)

Fuente: texto de cada sentencia en la Relatoría de la Corte Constitucional (encabezado, parte resolutiva y firmas); selección a partir de Jurisprudencia Constitucional 2025-2026. Votos: a favor-en contra; entre paréntesis, magistrados ausentes o con impedimento aceptado (el impedimento recurrente es el del magistrado Fernández Andrade). Tampoco incluye la C-265/25, que examinó el art. 95 de la Ley 2166 de 2021 en el texto resultante de su modificación por el art. 372 del PND, ni las sentencias de 2024 sobre la misma ley (entre ellas C-294/24, C-370/24 y C-448/24, citadas en las decisiones de 2025).

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